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SUSPENDEN EL COBRO DE LLAMADAS EN ESPERA Y SERÁ SIN CARGO SI ATIENDE EL CONTESTADOR
Río Negro: fallo a favor de 180 mil clientes de CTI
Viedma (AV).-
Las llamadas en espera y la imposición del pago por aquellas comunicaciones recibidas por contestadores automáticos no serán facturadas por 90 días a unos 180 mil clientes rionegrinos de la empresa de telefonía celular CTI.
La veda fue dispuesta por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al aceptar un amparo presentado por la Asociación de Defensa del Consumidor de Viedma (Decovi), que denunció servicios irregulares.
En ese lapso, debería resolverse la cuestión de fondo, es decir si estos cobros se eliminan definitivamente o se acepta una alternativa para las prestaciones de la firma; informó el diario de Río Negro.
El máximo órgano judicial hizo lugar parcialmente al reclamo, fundamentando que el derecho del usuario del servicio público incluye que su prestación sea adecuada, mientras que la Constitución Provincial prevé el derecho a promover la acción para el ejercicio de los derechos individuales y colectivos.
El STJ consideró que el cobro de la llamada a partir de presionar la tecla âsendâ puede importar âuna práctica comercial abusiva dada la ausencia de comunicación efectiva entre quien llama y quien debería ser el receptor de tal llamadoâ, como también la colocación compulsiva y sin previa autorización del usuario de los servicios de contestador automático.
Agregó que âla facturación basada en el uso realizado de la línea, cargada a quien en definitiva es la parte más débil de la relación de consumo, no tiene apariencia de justa o razonable en la expresión reglamentariaâ y además âen caso de dudas las normas en esta materia deben ser interpretadas a favor del consumidor y usuarioâ.
El STJ tomó en cuenta además que la Ley nacional 24.240 reguló en su Capítulo 13 las acciones judiciales atinentes esta problemática, permitiéndole al consumidor, al usuario, a asociaciones de consumidores, a autoridades de aplicación nacional o local, y al Ministerio Público; promover las acciones judiciales cuando sus intereses resulten afectados o amenazadosâ.
La suspensión judicial deja abierta la posibilidad a quienes reclamaron para que sigan la causa en otros estrados a fin de profundizar los planteos.
Decovi había reclamado que ambos cobros resultan una infracción a la legislación vigente reguladora del propio servicio, y asimismo violatoria de las normas de defensa de los derechos del consumidor y del usuario por cuánto cobra por un servicio no prestado.
Además, protestó porque con el âunimemoâ constituye una suerte de âtrampa para bobosâ porque los tenedores desconocen que lo tienen instalado, no levantan los mensajes, y en consecuencia por aplicación del sistema âel que llama pagaâ por lo tanto quienes llaman a esos celulares pagan la comunicación.
La presentación ante el STJ estuvo a cargo de los abogados del foro capitalino Juan Pablo Beacon y Gabriel Arias, en representación de Jorge Bollero, actual apoderado de Decovi.
Las constataciones de las supuestas irregularidades que evaluó el máximo órgano judicial fueron certificadas mediante escribano público a partir de un aparato personal del apoderado.
http://www.diariodemadryn.com/vernoti.php?ID=55208
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